La Corte Suprema de Justicia dictó hoy un fallo en el que afirmó que el decreto de Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales en el AMBA “violó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Según informaron fuentes del tribunal, el fallo está formado por tres votos diferentes, pero en una parte dispositiva común la Corte sostuvo: “Se hace lugar a la demanda respecto del planteo referido a que en el caso concreto se violó la autonomía de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
Los tres voto que integran la sentencia son: uno de Carlos Rosenkrantz, uno de Ricardo Lorenzetti y otro de Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda juntos. Elena Highton, que había sostenido que este caso no era de competencia de la Corte Suprema, no votó. El fallo fue en respuesta a la demanda que presentó el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, contra el decreto presidencial que suspendió por 15 días las clases presenciales. El mismo marca un precedente para la autonomía de otras provincias.
El Diputado Nacional por Mendoza, Luis Petri, realizó un análisis técnico y político de la decisión de la Corte Suprema de avalar las clases presenciales y respetar la autonomía de CABA. «La Corte Suprema falló a favor de CABA, considerándola una Ciudad constitucional federada, y de todas las provincias que, como Mendoza, mantuvieron la presencialidad a pesar del Decreto que la suprimía. Es un fallo a favor de la educación, es un fallo a favor del federalismo» manifestó inicialmente el legislador.
Además, explicó que «la Corte, en una clara referencia al comportamiento del Gobierno a nacional, destaca los principios de lealtad federal y puntualiza que el desenvolvimiento del sistema depende de la buena fe, la coordinación y la concertación recíproca entre Nación, Provincia, CABA y municipios». En ese mismo sentido, agregó: «Dice con acierto la Corte que corresponde a CABA y a las provincias la atribución para decidir sobre los modos de promover y asegurar la educación de sus habitantes, lo que surge de la manda de los Art. 5 y del 124 de la CN.»
Por otro lado, subrayó «A partir del fallo de la Corte se redefine el proceso de toma de decisiones en pandemia. No hay posibilidad de imposición del Gobierno Nacional sobre CABA O las provincias, sino de concertación, debiendo estar cualquier restricción suficientemente motivada» y añadió que «la pandemia no da derecho a violar la Constitución, muy por el contrario, obliga a respetarla, las garantías constitucionales se ponen a prueba en situaciones excepcionales como las que nos toca vivir y son incompatibles con el poder absoluto y el desequilibrio institucional»
En la misma dirección, el mendocino remarcó que «un gobierno que se autodefine como progresista pero que niega el acceso a la educación, no es otra cosa que una farsa populista. Un millón de chicos se desvincularon de la escuela en 2020, 6 de cada 10 niños son pobres. La educación es prioritaria y esencial.»
«La Corte le cierra la puerta para que Alberto Fernandez mediante una ley del Congreso le otorgue superpoderes para restringir derechos o imponer decisiones a las provincias y a CABA, anticipándose al posible envío al Congreso» concluyó Petri