En la última sesión del año, los senadores mendocinos dieron por terminada la polémica que se desarrolló en este año 2016. Este martes en la Cámara de Senadores se sancionó definitivamente la Ley de Ecoparque. El proyecto de ley fue aprobado por 20 votos afirmativos y 15 negativos. Esta iniciativa propone y crea, bajo la dependencia de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial, la Dirección Ecoparque y la Dirección de Parques y Paseos Públicos. La misma establece como prohibiciones y/o limitaciones del mismo la compra/venta y canje de animales con otras instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, y/o particulares.
Durante su tratamiento, el senador Jorge Teves explicó los alcances del proyecto y adujo: “Queremos a través de esta iniciativa tener un compromiso con el medio ambiente. En términos generales, la tendencia es que los espacios donde se albergan animales, su cautiverio sea lo más beneficioso posible. Estos parques servirán para la contención de las especies activas.
“Por eso el Gobierno va a ir en ese camino. Estamos convencidos de que Mendoza va a tener un parque que enriquezca a todos sus espectadores. Por ello solicitan que los representantes de todos los bloques acompañen la iniciativa”. Además informó que se preservará la fuente de trabajo de todos los empleados que pertenecen a Parque y Zoológicos.
En tanto, el senador Gustavo Arenas comentó que coinciden en las reformas propuestas pero lo cierto es que este proyecto originalmente fue rechazado por sus autores ya que no contempla a todos los sectores que están vinculados con los zoológicos.
La senadora Noelia Barbeito remarcó que no se escuchan a las organizaciones con respeto al trato que van a tener los animales y cuáles serán las instituciones que van a bregar por el bienestar de los mismos. Además dijo que no se garantiza a los trabajadores continuar en sus fuentes de trabajo sino que se los va a reubicar. Por su parte, Víctor da Vila comentó que encuentra cierta controversia en el proyecto y al menos dos leyes que están vinculadas a la preservación de la biodiversidad: “Esto posiblemente lleva a que no se complemente con la norma que hoy desde el oficialismo, intentan que se apruebe”.
El senador Juan Agulles adujo que este proyecto no debe ser tratado en sesión especial por lo que no acompañará la propuesta enviada por el Ejecutivo. Además Luis Bohm comentó que entienden que el zoológico tal cual estaba concebido, merecía tener una consideración respecto a los derechos de los animales, pero dicha modificación debe ser tratada de otra manera que puede quedar a mitad de camino y desvirtúa los aportes realizados por distintos organismos dedicados a esta temática.
Asimismo, la senadora Ana Sevilla manifestó su rechazo ya que no conoce los alcances del proyecto ya que la norma al ser aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados, tuvieron pocos días para analizarlo. Además informó que la propuesta nunca llegó a Comisiones y por ello las organizaciones que están vinculadas a esta temática no pudieron ser consultadas.
El senador Guillermo Amstutz sostuvo que dicho proyecto no conforma a las organizaciones sociales y no lo acompañará por la falta de consenso que el mismo tiene.
La Dirección de Ecoparque ejercerá su competencia en el área del actual Zoológico y tiene como objeto, por un lado, lograr una correcta gestión, administración y planificación ambiental, y por otro lado, promover la protección de la flora y fauna autóctonas de Mendoza y de la Región Cuyo.
También, se propone entre sus principales objetivos, la protección y bienestar animal de acuerdo a estándares internacionales, la educación ambiental, el aprovechamiento integral de los recursos hídricos, lograr un trabajo en conjunto científico y técnico, una gestión integral de los residuos, una interacción con la ciudadanía a efectos promover la educación sobre los principios del bienestar animal, y un manejo integral de la flora del predio.
Otra de las medidas sustanciales que propone la Ley, es la creación de un Consejo Consultivo de la Dirección de Ecoparque, como organismo consultor y asesor, que será presidido por el Director de Ecoparque y estará constituido, además por: un representante de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de la Provincia; cuatro representantes de las universidades e instituciones académicas, científicas o profesionales con incumbencia en materias ambientales, agronómicas, biológicas y veterinaria; cuatro representantes de las organizaciones, asociaciones y agrupaciones de la sociedad civil con objetos afines a los de la Dirección Ecoparque Mendoza; y un representante de los trabajadores del Ecoparque.
Los animales exóticos o autóctonos de otras zonas del país serán derivados, en la medida de lo posible, a lugares especializados que les provean mejor calidad de vida y un clima y hábitat acordes a las necesidades de su especie.
Por otro lado, los animales de la fauna autóctona presentes en el predio al momento de aprobarse la ley, así como aquellos que ingresen por procedimientos de aplicación de las leyes de fauna, que califiquen para rehabilitación, podrán ser eventualmente incorporados en estos programas para su posterior liberación, siguiendo los protocolos y evaluaciones que se definirán para tal fin.
Finalmente, la Dirección de Parques y Paseos Públicos ejercerá su competencia dentro de los límites del parque General San Martín, Cerro de La Gloria, los espacios verdes correspondientes al Barrio Cívico, Parque Ecológico avenida de acceso este y en aquellos que determine el Poder Ejecutivo para su administración.
El Proyecto Ecoparque
El Ecoparque sólo recibirá animales provenientes de los procedimientos de aplicación de las leyes de protección de fauna silvestre y animales que ingresen como planteles de cría de la fauna autóctona, cuya entrada esté enmarcada en programas de conservación.
Los animales domésticos y/o de corral que se encuentren en el actual zoológico al momento de promulgarse la Ley, podrán ser donados, derivados o entregados en comodato a establecimientos públicos o privados que demuestren tener certificaciones de calidad y protocolos adecuados de manejo animal, o a particulares que aseguren la protección del bienestar animal y su tenencia responsable, de acuerdo a lo estipulado por legislación provincial.
Respecto de los animales exóticos o autóctonos de otras zonas del país serán derivados, en lo posible, a lugares especializados que les provean mejor calidad de vida y un clima y hábitat acordes a las necesidades de su especie.
Se crea la Dirección Ecoparque Mendoza y la Dirección de Parques y Paseos Públicos; las cuales estarán bajo la órbita de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial. La primera, ejercerá su competencia en el área del actual Jardín Zoológico de la Provincia de Mendoza y tiene como objeto: 1) lograr una correcta gestión, administración y planificación ambiental de los parques y paseos de su incumbencia; 2) preservar las especies de fauna y flora existentes; 3) conservar y mejorar la infraestructura (caminos, alumbrado, paseos), a fin de brindar un apropiado ámbito de recreación; 4) defender y conservar el patrimonio cultural existente; 5) realizar obras que coadyuven al mejoramiento de esta unidad ecológica y 6) hacer cumplir las reglamentaciones correspondientes a las áreas ambientales urbanas protegidas.
Entre los principios generales se afirma la protección y bienestar animal de acuerdo a estándares internacionales; la generación de conciencia pública a través de la educación en la conservación de la biodiversidad autóctona de Mendoza y la Región Cuyo y el desarrollo sustentable; la promoción de actividades de investigación científica en beneficio de la conservación de la fauna y flora autóctonas; y la generación de un espacio físico natural para la recreación y el esparcimiento de la sociedad.
La Dirección Ecoparque Mendoza deberá tener en cuenta lineamientos estratégicos y herramientas de política ambiental. Tendrá como deberes y atribuciones realizar los actos que den cumplimiento a la Ley; elaborar y remitir al Consejo Consultivo de la Dirección de Ecoparque, el Plan Maestro de Ecoparque para su intervención; y elaborar proyectos, protocolos, procedimientos, programas o planes.
Podrá otorgar concesiones y permisos para el mantenimiento, desarrollo y explotación de los servicios que considere convenientes, y determinar la caducidad de las mismas por razones fundadas; ceder con o sin cargo, materiales y elementos que estuviesen en condiciones de rezago a organismos públicos o entidades de bien público; proponer cánones de explotación y en general, de toda otra actividad relativa a la competencia de esta Dirección, que podrán ser consultados con el Consejo Consultivo Ecoparque y que deberán ser aprobados por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial; entre otras.
Consejo de Ecoparque
Respecto al Consejo, la norma establece que “será presidido por el Director de Ecoparque y estará constituido, además, por un representante de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de la Provincia; cuatro representantes de las universidades e instituciones académicas, científicas o profesionales con incumbencia en materias ambientales, agronómicas, biológicas y veterinaria; cuatro representantes de las organizaciones, asociaciones y agrupaciones de la sociedad civil con objetos afines a los de la Dirección Ecoparque Mendoza; y un representante por los trabajadores.
Tendrá como funciones, entre otras, elaborar y aprobar su reglamento interno de funcionamiento; emitir dictamen sobre el Plan Maestro; y sobre los informes finales de los proyectos, protocolos, procedimientos, programas o planes elaborados. La función consultiva fijada no será vinculante y el dictamen deberá ser evacuado en el plazo de 15 días hábiles de requerido.
La Dirección deberá elaborar y elevar al Consejo para su dictamen, el Plan Maestro del Ecoparque, que deberá contener información sobre el plan de manejo de la población animal permanente; plan forestal conforme los parámetros establecidos en la Ley 7874/08; plan de obras y refuncionalización del paseo; nueva estructura organizativa de acuerdo a los lineamientos estratégicos y al bienestar animal; planes de capacitación y un plan de financiamiento.
“Tendrá una vigencia de 3 (tres) años, pasados los cuales se procederá a su actualización, reformulación y elevación al CCE para su dictamen. El Plan podrá, asimismo, ser revisado y actualizado anualmente por la Dirección del Ecoparque”.
Creación de un Fondo de Afectación Específica para la Dirección Ecoparque
La ley dispone la creación de un Fondo de Afectación Específica para la Dirección Ecoparque Mendoza, el que estará compuesto entre otros ítems, por los ingresos provenientes del cobro de entradas al Ecoparque Mendoza; las subvenciones, aportes y transferencias de otras reparticiones; donaciones y legados de personas físicas y jurídicas, cuyo origen esté en armonía con los fundamentos de esta ley; los recursos provenientes de concesiones, multas, permisos, cánones o contraprestaciones por el uso del Ecoparque.
Respecto del Fondo de Afectación específica para la Dirección de Parques y Paseos Públicos, estará compuesto en parte, por las contribuciones del Estado provincial para la instrumentación y ejecución de programas provinciales en lo referido a parques; los recursos provenientes de concesiones, multas, permisos, canon o contraprestaciones por el uso del parque y cualquier otro tipo de ingresos; lo recaudado por la cesión con cargo de materiales y elementos que estuviesen en condiciones de rezago a organismos públicos o entidades de bien público, de acuerdo a la legislación vigente.
Respecto del personal
Otras disposiciones previstas se vinculan a todo el personal que actualmente cumple funciones en la Administración de Parques y Zoológicos, que por esta norma se suprime, podrá ser asignado a cualquiera de las dos Direcciones creadas o a otro destino dentro del Estado Provincial, quedando facultada para ello la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, sin que la misma implique modificación de su situación de revista como efectivo, interino, transitorio, licenciado o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la dependencia anterior, ni el régimen remunerativo preexistente.