La emergencia para la producción de pera y manzana en Mendoza, San Juan y La Pampa obtuvo media sanción en el Senado

Emprendedores

Por unanimidad, el Honorable Senado de la Nación dio media sanción al proyecto de ley que propone la  emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de 365 días a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias de Mendoza, La Pampa y San Juan.

La primera iniciativa, impulsada por la senadora nacional mendocina Pamela Verasay (Cambiemos), fue unificada con otros dos proyectos presentados posteriormente y tiene como objetivo otorgar a esas tres provincias los mismos beneficios de la ley 27.354 que faculta  al poder ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de AFIP y ANSES a productores afectados de las provincias de Rio Negro y Neuquén.

“Mi provincia posee una cantidad importante de productores que, por su ubicación geográfica, tienen que hacer esfuerzos mucho más importantes para lograr competitividad ya que no cuentan con los beneficios de localización asociados a las zonas con mayor número de productores”, señaló Verasay.

Cabe destacar, que el gobierno declaró por un año, la emergencia económica, productiva, financiera y social, a la cadena de producción de peras y manzanas en las provincias de Río Negro y Neuquén.

De acuerdo con la ley 27.354 , el artículo 1° dispone que “se declara en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén y Río Negro”. Este último proyecto de ley de la senadora Verasay, incorpora también a Mendoza, San Juan y La Pampa. Aún falta que Diputados le de su sanción definitiva.

La normativa estipula que se faculta “al Poder Ejecutivo Nacional (PEN), a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) y Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses)”, al tiempo que también el PEN podrá prorrogar por igual término la vigencia de la presente.