Con el desarrollo y expansión de las nuevas tecnologías en nuestro país, existe un «gris» legal de la cual recién se está avanzando para regularizarlo. Tal es el caso del proyecto de Ley que se avanzó esta semana en el Congreso Nacional sobre el tema de la «pornovenganza». El Senado dio media sanción por unanimidad al proyecto de ley de la sanjuanina Marina Riofrío (PJ-FpV) sobre la penalización de la publicación o difusión de imágenes no consentidas de desnudez parcial o total, comúnmente conocida como “pornografía de venganza”.
La medida incorpora el artículo 155 bis al Código Penal y establece penas de 6 meses a 4 años de prisión a quien publique o difunda ese tipo de imágenes o videos de contenido sexual o erótico de personas, a través de medios de comunicaciones electrónicas, aun habiendo existido acuerdo entre las partes involucradas para la obtención o suministro de esas imágenes o video.
“La pornografía de venganza es un problema de dimensiones globales que merecía atención regulatoria ya que tales conductas lesionan gravemente el derecho a la intimidad de las personas”, expresó Riofrío. Y agregó: “Además quienes reproducen estos contenidos por represalia, resentimiento, extorsión o venganza gozan de completa impunidad”.
Por otra parte, la propuesta dispone que la persona condenada sea obligada a arbitrar los mecanismos necesarios para retirar de circulación, bloquear, eliminar o suprimir el material de que se trate, a su costa y en un plazo a determinar por el juez.
Ahora deberá pasar al recinto de Diputados.