Proponen eximir de deudas por impuestos a las comunidades indígenas que habitan en Mendoza

Actualidad Mendoza

Durante la sesión de la Cámara de Diputados mendocina de este miércoles, la legisladora del Partido Justicialista Carina Segovia solicitó que la iniciativa para condonar de deudas por impuestos a las comunidades indígenas que habitan en la provincia de Mendoza, cuya determinación ha sido efectuada por Administración Tributaria Mendoza (A.T.M), pueda ser tratada por la Comisión de Hacienda de esta Cámara.

Hay que tener en cuenta que el Art. 75 reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantiza el respeto a su identidad, el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan. Dispone que estas tierras no pueden ser enajenables, transmisibles ni susceptibles de gravámenes o embargos y asegura su participación en la gestión referida a sus recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

La diputada Carina Segovia

Para la presidenta del bloque Justicialista de Diputados, el Código Civil y Comercial , acoge tal reconocimiento e incorpora el concepto de propiedad comunitaria. Reconoce así el derecho de las comunidades indígenas a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por la Constitución Nacional.

En 1985 se sancionó la Ley 23.302 sobre política indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes, que crea el Instituto Nacional de Comunidades Indígenas (INAI) y declara “de interés nacional la atención y apoyo a los aborígenes y a las comunidades indígenas existentes en el país, y su defensa y desarrollo para su plena participación en el proceso socioeconómico y cultural de la Nación, respetando sus propios valores y modalidades”.

“Se propone implementar planes que permitan el acceso de estas comunidades a la propiedad de la tierra y el fomento de sus producciones”, remarcó Segovia.

En algunos casos A.T.M no sólo ha efectuado determinación de deudas, sino que ha iniciado acciones judiciales tendientes a su cobro.

“Este proyecto es extensivo a todas las comunidades indígenas que habitan la provincia de Mendoza de manera de asegurar el cumplimiento de mandas convencionales, constitucionales y leyes vigentes. A los efectos de evitar en el futuro interpretaciones erradas y vulneración de derechos expresamente consagrados, deberá hacerse explicita la eximición de impuesto inmobiliario, haciendo que dicha eximición surja expresamente en el Código Fiscal de la Provincia de Mendoza”, finalizó.