El diputado nacional por Mendoza, Sebastián Bragagnolo, presentó un proyecto de Ley en el Congreso para exigirle a los fabricantes de la industria alimenticia, colocar rótulos de alerta en sus productos, para que los consumidores puedan detectar con facilidad el contenido de los mismos. La iniciativa tiene el objetivo principal de concientizar y prevenir a la población respecto del contenido excesivo en alimentos y bebidas no alcohólicas, de calorías, grasas, azúcares, sodio y cualquier otro ingrediente cuyo consumo pueda representar un riesgo para la salud.
El lujanino del PRO persigue el objetivo de mejorar la información destinada al consumidor, existente en los envases de productos y bebidas no alcohólicas, para que logre advertir los elevados porcentajes de calorías, grasas, azúcares, sodio y otros ingredientes, que consumiéndolos en determinadas cantidades o volúmenes, pueden representar un riesgo para la salud.
El proyecto propone que los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos que se comercialicen en el territorio de la Nación Argentina, que presenten en su composición nutricional elevados contenidos de ingredientes insalubres que la Autoridad de Aplicación determine, deberán incorporar en el rótulo de su envase, según corresponda, las siguientes advertencias: “Alto en calorías”, “Alto en sodio”, “Alto en azúcares”, “Alto en grasas saturadas”. La Autoridad de Aplicación de la presente ley será el Ministerio de Salud de la Nación.
La ley indica que el formato de la advertencia deberá ser octogonal, con fondo de color rojo u otro que genere mayor contraste con el envase, y letras mayúsculas de color blancas, debiendo ser impresas en un lugar visible al consumidor, pudiendo a tal efecto la Autoridad de Aplicación establecer medidas mínimas en la reglamentación.
Las infracciones a la presente ley, serán sancionadas con:
· Apercibimiento.
· Publicación de la resolución que dispone la sanción en un medio de difusión masivo, a cargo del infractor
· Multas desde los 10 mil pesos
· Suspensión del establecimiento por el término de hasta un 1 año.
· Clausura del establecimiento de uno 1 a cinco 5 años.
· Decomiso de los productos alimenticios que no cuenten con el mensaje respectivo.
Otro de los puntos que destaca ésta nueva legislación, que hace tiempo se aplica en muchos países del mundo, es que los fondos percibidos en concepto de las multas deberán ser utilizados para cumplir con los objetivos de la Autoridad de Aplicación, como por ejemplo campañas publicitarias de concientización vinculadas al objeto de la presente ley.