Con la premisa que los juicios por accidentes laborales se transformaron en una espada de Damocles para muchas empresas, por la falta de peritajes técnicos a cargo de profesionales idóneos.
Parte de la solución al desguace de lo económico es la ley 27.438 que el Congreso la sancionó en febrero de 2017 y dispuso, entre otras medidas, la creación de los Cuerpos Médicos Forenses (CMF) y deslindar los honorarios de los peritos del proceso, es aquí el gran problema en cada provincia.
Aunque parezca increíble en comparación con lo que viene ocurriendo al gobierno nacional, esta gotera ya parece romper el techo en materia de prevención, ya que hace siete años se sanciono la ley de reforma del sistema de riesgos del trabajo (SRT).
Uno de sus principales objetivos apuntaba a reducir las crecientes demandas judiciales para incrementar las indemnizaciones por accidentes o enfermedades profesionales, cubiertas desde 1996 por las aseguradoras de riesgos de trabajo (ART) y convalidadas por juzgados provinciales con fallos sin sustento técnico.
Y según informaron fuentes judiciales, la Corte Suprema viene haciendo caso omiso a las partidas presupuestarias para poner en funcionamientos las CMF. “Fueron rechazadas y con el nuevo Gobierno no hubo ningún tipo de respuesta”
“El procedimiento está viciado ya que, si un perito diagnostica 100 de incapacidad o 2 requiere el mismo esfuerzo, pero en toda la justicia el perito cobra a porcentaje. A más daño más honorario”.
La ley 27.438 incluye una tabla de incapacidades un baremo que es utilizado por las aseguradoras y la comisión médica, pero que cae en desuso cuando el accidente se judicializa.
“Si no estás de acuerdo con ART, vas a la comisión médica, y después a la Justicia que no lo tiene en cuenta y suma daño psicológico. Si ambos utilizaron la misma vara no habría discrepancias y no tendría sentido hacer un juicio”.
Para que los cambios legales disminuyeran el alto nivel de litigiosidad, en gran medida alentado por el auge de la “industria del juicio” y que conspira contra la creación de más empleos formales, los peritajes siguen siendo un problema no resuelto cuando las discrepancias por el trámite administrativo de las indemnizaciones pasan a la vía judicial, al no haberse constituido las CMF, sus honorarios siguen siendo determinados como porcentaje de la sentencia, con lo cual se estimula el incremento de los daños que deben ser cubiertos por las ART. En otras palabras, cada peritaje se asemeja a una lotería.
Los fallecimientos por accidentes es otra de las caras de la paradoja que denuncian los organismos. En lo que va del siglo, los accidentes fatales, no bajan, ya que no todo se registran formalmente dado a la tasa de desempleo, y el temor a los juicios labores, por ese se lee muchas veces que se redujeron entre un 73% (con in itinere) y un 78% (sin in itinere). Otro indicador es la disminución que la organización registra en el índice de incapacidad permanente, es decir, los daños sufridos por un trabajador registrados, descartando el trabajo en negro, fuera del sistema.
Es sabido que el Estado es socio en las ganancias, jamás en las pérdidas, el que genera más empleo en negro, con contratos de locación de servicios a monotributistas, y otra muestra es la industria del Juicio, según el juez de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, siendo Mendoza 2da en Juicios laborales, en el ránking nacional (después de PBA y CABA), al acumular más de 10 mil nuevas demandas cerrando el tercer trimestre del 2024, con más del 40% más que los años precedentes y representando algo más del 15% del total país, con + de 9,7 millones los trabajadores cubiertos por el sistema de seguros de accidentes del trabajo, sin mencionar el trabajo no registrado.
Según la CN, en sus arts. 41 y 42, la seguridad debe ser un valor innegociable, indelegable patrimonio exclusivo, inalienable e imprescriptible del ciudadano.
La “enorme” cantidad de juicios en las provincias y los distintos modos para reducirlos fueron temas que se colaron en todos los discursos y paneles. Siendo esto un “desfasaje” entre las demandas sociales, cada vez más “aceleradas”, y la “quietud” de las estructuras electorales que deben darle respuesta, y cargó contra la configuración de los “dos poderes con base electoral”.
Según datos de la SRT, 27% de los trabajadores cubiertos se desempeñaban en la Administración Pública / Defensa / Seguridad Social Obligatoria; 12,5% en Comercio; 12,4% en Industria; 7,4% en Enseñanza; 5,3% en Transporte; 5,1% en Actividades Administrativas y 30%, el resto, en otras actividades.
El 95% de los trabajadores que tiene derecho a iniciar un juicio y no lo inicia por temor a perder el empleo o por desconocimiento de su derecho, las medianas empresas enfrentan más de 2 demanda cada 20 ocupados, mientras que las pymes una cada 10, sumado a los cambios en materia laboral, lo cual el impacto será superior.
Con esa premisa todo acto en reducción del cálculo de indemnizaciones por invalidez o muerte en los pagos por accidentes de trabajo, es inconstitucional, por ser regresivo, violando la progresividad de los derechos, tratados internacionales están por encima de las leyes y de los DNU, materia pendiente la desregulación, eliminación de impuestos y carga extra tributaria y eliminación de la industria del juicio, como paso previo a toda reforma, motivando la contratación de la mano de obra con la libertad y confianza en el mercado laboral con más del 55% de desempleo, informalidad y pobreza.
El Estado es socio solidario por acción u omisión, de cada accidente laboral el cual debe promover la disminución de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales, además de cumplir y hacer cumplir con los deberes y obligaciones en materia preventiva que emergen de las leyes Nº 24.557, 27.348 y 19.587, que permita trabajar de forma conjunta en materia de prevención de riesgos del trabajo, fortaleciendo la cultura preventiva, y generando mejores condiciones para los trabajadores.
Las provincias que no adhirieron a la reforma de 2017 son Santiago del Estero, Tucumán, La Rioja, Catamarca, San Luis, La Pampa, Chubut y Santa Cruz.
Desde su puesta en marcha, hace 28 años, la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (ATEP) pasó de más 4.2 millones de trabajadores, en 1997, a 10,4 millones, a fin de 2023. En la actualidad abarca a casi todos los trabajadores registrados, de los cuales 9,8 millones son asalariados del sector privado y público y 467.000, empleados de casas particulares. En el mismo lapso, el número de empleadores asegurados se incrementó de 345.000 a algo más de 1 millón.