Mendoza es una de las provincias más afectadas del país por las heladas tardías. Las bajas temperaturas causaron importantes daños en la producción de uvas, y más de la mitad de la zona afectada sufrió pérdidas del 100%. Omar Félix que es diputado del Frente de Todos, desarrolló una propuesta a los efectos de afrontar las consecuencias causadas por las heladas tardías de la primavera del año 2022 declarase la emergencia económica, agropecuaria y hasta el día 30 de mayo de 2024, con los alcances y particularidades establecidas en la presente.
El legislador sanrafaelino destacó que están comprendidos en los beneficios que se establecen, además del sector agropecuario, lo siguientes sectores: industrial, comercial y servicios, en la medida que acrediten una caída del volumen de facturación superior al 25%, conforme se acredite en la forma que determine la autoridad de aplicación.
Para el sector agropecuario continuaran vigentes los beneficios, plazos y procedimientos establecidos en la ley 9083 con las modificaciones y ampliaciones establecidas en la presente. Para el resto de las actividades comprendidas, los beneficios se regirán exclusivamente por la presente ley, con las remisiones específicas que se efectúen.
“Cómo es de público conocimiento, diversas zonas de la Provincia de Mendoza han sufrido las consecuencias de un grave fenómeno climatológico que se ha afectado de manera directa e irreversible al aparato productivo de nuestra provincia”, remarcó el autor de la propuesta.
El presente proyecto de Ley tiene el objetivo directo de paliar esta grave situación cuanto antes. Con miras a ello, su articulado replica aquel de la Ley N° 26697, sancionada en el año 2011, que declaró zona de desastre y emergencia económica y social a distintos departamentos de las Provincias de Río Negro y Neuquén luego de la erupción del Complejo Volcánico Puyehue-Cordón Caulle, en la República de Chile.
“Es indudable que, en momentos como este, debemos aunar esfuerzos a nivel provincial y utilizar todas las herramientas a nuestro alcance para acompañar a todos los mendocinos que se encuentran en un grave estado de vulnerabilidad. Confiamos en que estas facultades conferidas puedan contener y revertir los daños inmediatos y posteriores del desastre climático”, resaltó Félix.
Con relación a los beneficios para sector industrial, comercial y de servicios, podemos mencionar que las pequeñas y medianas empresas, sean personas humanas y jurídicas, que acrediten una afectación conforme al artículo 2º, tendrán los siguientes beneficios: Se aplicará la misma bonificación establecida en el artículo 11 inciso e) de la ley 9083, habrá eximición de los impuestos inmobiliario –por las propiedades directamente afectadas a su actividad-, impuesto a los Ingresos Brutos e Impuesto de Sellos e impuesto de patentes, en el caso de los vehículos de los productores afectados a la producción y de las empresas de transporte.
Cabe indicar que todos los beneficios establecidos en la presente serán por el plazo de vigencia de la emergencia.