Si bien el gobernador de San Luis, Alberto Rodríguez Saá , ya confirmó que la provincia seguirá «cerrada» continuando las medidas adoptadas que “nos han permitido aplanar la curva de circulación del virus”, el intendente de Villa de Merlo, Juan Álvarez Pinto, está convencido en reactivar la actividad emprendedora local dentro del duro contexto socioeconómico.
En primera instancia, y tal como comunicamos desde BienCuyano, el jefe comunal propuso avanzar en la idea de un «blindaje zonal» donde las localidades cercanas a la Villa de Merlo, que conforman la Costa de los Comechingones, tengan movilidad entre ese espacio territorial, ya que no cuentan con casos positivos de COVID-19. La medida fue acordada y respaldada por el resto de los intendentes que conforman la zona… y también sugerida por el presidente de la Nación en su última conferencia de prensa.
En esa sintonía, el merlino Álvarez Pinto, presentó una carta a la gobernación presentando el Plan de Reactivación Económica frente al congelamiento de la economía a causa de la pandemia por el Covid-19 y solicitó el acompañamiento en lo económico, logístico y asesoramiento.
El proyecto liderado por la Secretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, fue pensado para afrontar la situación económica post cuarentena en el corto y mediano plazo: teniendo en cuenta que la principal actividad económica se encuentra paralizada.
El Plan tiene como objetivo principal generar mano de obra local, ayudar al abastecimiento interno y a la auto sustentabilidad, acompañado por líneas de acción en las que será clave el trabajo mancomunado entre vecinos, asociaciones intermedias, municipio, provincia y Nación.
Para llevarlo a cabo se propone la constitución de un Consejo Asesor integrado por el Departamento Ejecutivo Municipal, el Honorable Concejo Deliberante, asociaciones empresariales, Cámara de Comercio, Industrias, Universidades, Entidades Financieras y representantes de las empresas y emprendedores de la región.
Se espera en esta interacción la conformación de una Agencia de Desarrollo Local y Regional para fomentar y conservar las cadenas de valor productivas y logísticas de la región.
Además, se realizará una encuesta que permita identificar con precisión el perfil productivo de Villa de Merlo y los profesionales que se asientan en la ciudad y conocer su situación.
Las principales propuestas son:
PROGRAMA TARJETA MERLINA: busca estimular la economía social a través de una tarjeta gratuita para recibir beneficios en comercios adheridos. Los comercios y profesionales adheridos recibirán estímulos impositivos.
PROGRAMA SELLO DE CALIDAD “HECHO EN MERLO”: estímulo al desarrollo de un sello local de productos diferenciados, con mayor valor agregado, saludables y amigables con el ambiente.
PROGRAMA HUERTA Y VIVERO MUNICIPAL: se solicita al gobierno provincial la cesión del predio de la estación de bombeo N°1 sobre Ruta 5 que permita desarrollar el proyecto para el cultivo de verduras de estación como acelga, zanahoria, espinaca, arvejas, pudiendo vender verduras a precio social, dentro de dos meses. A su vez, esta huerta funcionará como escuela modelo para quienes se adhieran al programa La Huerta en Casa.
PROGRAMA LA HUERTA EN CASA: plan de capacitación online para enseñar a desarrollar una huerta con asesoramiento y acompañamiento permanente. Se creará un registro de las familias interesadas y se les distribuirán semillas.
PROGRAMA CORDONES VERDES PRODUCTIVOS: cordón de producciones agroecológicas alrededor de la ciudad, aprovechando la existencia de tierras y optimizando el uso de los antiguos canales y acequias de riego. Estas producciones pueden ser de frutas, verduras, animales de granja, todos sus derivados.
PROGRAMA RED DE PRODUCTORES, COMERCIOS, SERVICIOS Y CONSUMIDORES: entramado de trabajo entre los distintos actores productivos para promover el consumo interno. Se plantea crear ferias productivas en los barrios, cartilla de productos para comercios, sistema de compra futura con importantes descuentos, talleres virtuales sobre marketing para emprendedores, Tarjeta Merlina, Registro y difusión de Servicios de Delivery.
PROGRAMA DE COOPERATIVAS: se trabajará en la gestión de herramientas e insumos, así como el asesoramiento legal, capacitaciones, sistema de certificaciones, para el adecuado funcionamiento y fomento de las cooperativas. Se priorizará la participación de mujeres solas con hijos, de personas con discapacidad y de jóvenes.
PROGRAMA DE EMPRENDEDURISMO: se propone brindar herramientas de capacitación, asesoramiento y asistencia a micro emprendedores y pymes para la reconversión de su proyecto o para la generación de nuevas ideas y su puesta en marcha.
PROGRAMA DE REORIENTACIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS INVERSIONES: se propone reorientar las inversiones en la ciudad, pensando en las necesidades actuales y futuras. Son ejemplos la planta de Biodiesel, molino harinero, paneles solares. Esto permitirá a su vez, la generación de nuevos empleos, considerados “empleos verdes”.
PROGRAMA TURISMO DE PROXIMIDAD: hace referencia al uso de servicios por parte de los vecinos de la región, especialmente gastronómicos pero también de alojamiento de fin de semana con tarifas promocionales. Esta propuesta permitirá reactivar los alojamientos más pequeños, en unidades en forma independiente y que cumplan con los protocolos sanitarios.
Merlo Informa nuevas modalidades de funcionamiento de los rubros exceptuados
La Municipalidad de Villa de Merlo emitió el Decreto 19 que fijó nuevas pautas para los rubros comerciales exceptuados por el gobierno nacional y provincial en el marco de la pandemia ocasionada por el covid19.
En este sentido se resolvió:
- Gomerías, Lubricentros, Bicicleterías y Talleres Mecánicos: los mismos podrán funcionar únicamente en el horario de 7 a 20 hs, únicamente para brindar servicio de emergencia a los vehículos destinados a transporte público, vehículos de fuerzas armadas, de seguridad, afectados a las prestaciones o personal de la salud o aquel que se encuentre con autorización para circular; tomando los recaudos conformes protocolos en el marco del Covid 19.
- Librerías escolares y locales de venta de insumos informáticos: podrán funcionar en el horario de 7 a 20 hs bajo la modalidad envío a domicilio, sin atención en salones de ventas, debiendo canalizar los pedidos por sistema telefónico, correo electrónico, on-line, mensajería instantánea y los pagos por medios electrónicos o pago en destino, extremando las medidas de bioseguridad del personal abocado a tal servicio. Únicamente podrán abrir sus puertas en el horario de 10 a 12 hs, al solo efecto de entregar los cuadernillos escolares y material de estudio, enviados por el personal docente de los Establecimientos Educativos de la Villa de Merlo y a los efectos de entregar insumos informáticos a aquellos rubros declarados como esenciales; implementando medidas dirigidas a evitar la aglomeración de personas, limitando el ingreso, manteniendo la distancia entre las mismas (un metro y medio mínimo) e higienizando todo elemento de contacto con el público, poner alcohol en gel a disposición y proveer a su personal de guantes de látex y barbijos.
- Venta de insumos y materiales de construcción provisto por corralones, ferreterías, pinturerías, casa de electricidad e iluminación, sanitarios, buloneras, vidrierías, zinguerías, casa de aberturas: los mismos podrán funcionar en el horario de 8 a 14hs, implementando medidas dirigidas a evitar la aglomeración de personas, limitando el ingreso, manteniendo la distancia entre las mismas (un metro y medio mínimo) e higienizando todo elemento de contacto con el público, poner alcohol en gel a disposición y proveer a su personal de guantes de látex y barbijos. Asimismo deberán controlar de manera obligatoria el ingreso de sus clientes a los salones de venta, en cuanto a la terminación par o impar del DNI.
- Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas: podrán funcionar en el horario de 7 a 20 hs bajo la modalidad envío a domicilio, sin atención en salones de ventas, debiendo canalizar los pedidos por sistema telefónico, correo electrónico, on-line, mensajería instantánea y los pagos por medios electrónicos o pago en destino, extremando las medidas de bioseguridad del personal abocado a tal servicio.
- Mutuales y Cooperativas: podrán realizar guardias de atención dentro del horario de 8 a 13 hs, únicamente con “personal de caja”, para garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de Pagos. Se incluye aquí a las Áreas Municipales afectadas al cobro de servicios, tributos e impuestos.
Aquellas Entidades Financieras que se encuentren alcanzadas conforme Resolución del Banco Central A N° 6958 y que se encuentren debidamente habilitadas como tales con el rubro comercial correspondiente, podrán funcionar hasta el día 21 de Abril, mediante guardias de atención dentro del horario de 8 a 13hs y únicamente con “personal de caja”, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de Pagos, adoptando las medidas de bioseguridad del personal abocado a tal servicio.
Asimismo todas las entidades alcanzadas por este artículo deberán controlar de manera obligatoria la atención y/o cobro a aquellas personas que se encuentren exceptuadas, en cuanto a la terminación par o impar del DNI.
- Locales de Medios de pago: se permite el funcionamiento en el horario de 7 a 20 hs de las Oficinas de Cobro de Servicios tales como Pago Fácil, Rapipago, Cobroexpress, Multicash, etc., que se encuentren habilitadas como tales dentro del ejido Municipal y que estén anexados a rubros declarados esenciales por el gobierno nacional. Deberán implementar a tales efectos medidas dirigidas a evitar la aglomeración de personas, limitando el ingreso, organizando las esperas fuera del local, manteniendo la distancia entre las mismas (un metro mínimo) e higienizando todo elemento de contacto con el público, poner alcohol en gel a disposición y proveer a su personal de guantes de látex y barbijos. Asimismo deberán controlar de manera obligatoria la atención y/o cobro en cuanto a la terminación par o impar del DNI. Se deja establecido que dichas entidades pueden funcionar con cualquier tipo de cobro ya sea efectivo, débito, o cualquier otro medio de pago.
Las sanciones por el incumplimiento implican una multa de 5.000 unidades de litro de nafta de mayor octanaje y clausura preventiva.