El Senado mendocino aprobó el proyecto de coparticipación y vuelve a Diputados con modificaciones

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En la sesión de este martes, la Cámara de Senadores aprobó una modificación  al proyecto del Ejecutivo sobre la devolución gradual del 15% de la masa de impuestos coparticipables, por lo que la medida volverá a ser tratada por Diputados. La votación consistió en 32 votos a favor, 2 negativos y 2 abstenciones. La modificación, en acuerdo entre el oficialismo y la mayoría de la oposición, fue sobre el primer párrafo del artículo 2 del proyecto que cambia la palabra “facúltese” por “otorgará”.

Durante el tratamiento de la iniciativa, el legislador Jorge Palero (UCR) destacó que es un “avance muy importante, no se resignó ningún de los derechos que tenía la provincia con esta deuda, ayuda a la transparencia y el uso correcto de los gastos, el próximo gobernador sabrá con el presupuesto con el que contará”, dijo.

Por su parte, Patricia Fadel adelantó el apoyo del Bloque del FPV-PJ a este proyecto. “No es la solución definitiva, sabemos que esto es paulatino. Tenemos  fe y  esperanza, reconocemos la necesidad que tiene la provincia de sanear deudas, hemos acompañado todos los pedidos de endeudamiento y estamos autorizando una nueva deuda, ojalá podamos ver una Mendoza en crecimiento”, precisó.  Asimismo para Noelia Barbeito (FIT), la votación de esta ley implica “un nuevo endeudamiento para la provincia”. “El pueblo mendocino hipotecará su futuro”, afirmó.

 

Detalles del proyecto  

La ratificación del acuerdo Nación-provincias prevé una reducción de la detracción del 15%, a razón de tres puntos porcentuales por año calendario, quedando configurada la misma de la siguiente manera. Año 2016: “Doce Puntos Porcentuales. Año 2017: Nueve Puntos Porcentuales. Año 2018: Seis Puntos Porcentuales. Año 2019: Tres Puntos Porcentuales. Año 2020 y sucesivos: Cero Puntos Porcentuales”, tal como consta en la fundamentación del Poder Ejecutivo.

De esta manera, se autoriza al Poder Ejecutivo a hacer uso del crédito hasta el porcentaje y en las condiciones previstas por el Artículo 3 del Acuerdo ratificado por la presente ley, en un todo de acuerdo con las prescripciones de los Artículos 60 y 66 de la Ley Nº 8706.

“Transitivamente, el acuerdo beneficiará a los Municipios, en tanto, la eliminación gradual de la detracción significará para la Provincia de Mendoza la obtención de mayor cantidad de fondos coparticipables, engrosando la masa a distribuir entre los Municipios de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 6396 y modificatorias”, señalan los fundamentos.

La instrumentación de los préstamos a los Municipios establecida en el artículo anterior deberá ser reglamentada por el Poder Ejecutivo, quedando exceptuada la misma de las autorizaciones previas que establece la Ley Nº 7314 y sus modificatorias.

Además, se invita  a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente ley, ello conforme a  los mecanismos establecidos por la Legislación vigente.